ACREDITACIONES CARGOS TÉCNICOS 2020

ACREDITACIONES CARGOS TÉCNICOS 2020

El Comité de Cargos Técnicos de la FEG, tras corregir las pruebas realizadas este año  para los aspirantes a distintos cargos técnicos, hace público el listado de los que han resultados APTOS en dichas pruebas.

PARA VER EL LISTADO DE APTOS, pincha aquí…

LA FEG SOLICITA PARTICIPAR EN LA ELABORACIÓN DE LA LEY DE BIENESTAR ANIMAL

LA FEG SOLICITA PARTICIPAR EN LA ELABORACIÓN DE LA LEY DE BIENESTAR ANIMAL

Tras el conocimiento de que se elabore una ley de Bienestar Animal y se presente posteriormente en el congreso de los diputados, La FEG ha hecho llegar a la Dirección General, la intención de que nuestra institución participe de la misma de forma activa en las mesas de diálogo, coordinación y negociación, que se crearán para la elaboración de dicha ley.

Nuestra federación lleva trabajando con animales desde su creación en 1939, organizando competiciones con galgos en varias modalidades y al amparo siempre del CSD.

En 2010 incorporó su Libro de Registro de Orígenes (LRO) de la mano de la prestigiosa Universidad Complutense de Madrid, donde cuenta con un banco de ADN de todos y cada uno de los animales que forman parte de nuestros federados. El  LRO cuenta además, con una red de veterinarios oficiales, distribuidos por toda la geografía española que dan cobertura a nuestros federados.

La FEG ha colaborado y lo seguirá haciendo en la lucha contra el maltrato, el abandono animal y el robo de los mismos, aportando al SEPRONA y a los cuerpos de seguridad del estado, toda la información que esté en su mano para esclarecer hechos de este tipo.

Por todo ellos pensamos que es necesario formar parte de dicha ley y de todas las normas y actuaciones que de ella se deriven.

LOS MEJORES SEMENTALES Y EL GÉNERO DE SUS PRODUCTOS

LOS MEJORES SEMENTALES Y EL GÉNERO DE SUS PRODUCTOS

Como todos los años en la revista federativa GALGOS, se publica el Ranking de sementales y hembras reproductoras, en el que solo se tiene en cuenta el número de hijos que esos reproductores han tenido en la competición oficial de galgos en campo, de los últimos años, desde que se instauró en 2009 el LRO de la FEG.

Es cierto que este valor absoluto no debe ser tomado como un factor determinante y único a la hora de elegir un semental o una reproductora, ya que como muy bien explica el catedrático de la UCM; Dr. Cañon, el valor genético de un reproductor es lo que realmente le da fundamento a la elección  del mismo

Desde la FEG no podemos ni debemos transmitir valores relativos, ya que se pueden interpretar como tendencias o favoritismos a unas u otras reatas y a éstos o aquellos reproductores, lo cual no puede estar más lejos de esta federación en la intención de favorecer el «marketing» de unas u otras razas de nuestro galgo de campo.

Sin embrago, sí es competencia de nuestra institución y gracias a los datos que nos aporta el mencionado LRO, ofrecer datos que ayuden a nuestros federados a forjar opiniones o tener herramientas que le sirvan para decantarse por unos u otros reproductores en el camino a la mejora genética de nuestros atletas. En esta ocasión les ofrecemos en relación a los 19 sementales más valorados desde que se inició el LRO (respecto al número de hij@s que han disputado las fases previas) un listado en el que pueden observar dos valores absolutos de importancia.

  1. El número de productos que han aportado al LRO desde que se incorporaron como reproductores. Comparando este valor con el número de hij@s que aportan a las fases previas se puede obtener una información relevante.
  2. El número absoluto de hembras y machos que han aportado y el porcentaje de cada uno de ellos.

 

SEMENTAL Nº MACHOS LRO %  MACHOS Nº HEMBRAS LRO % HEMBRAS TOTAL CACHORROS LRO
PIRRI DE MOCEJÓN 383 43,77 492 56,23 875
JUDAS DE VIRGEN DEL CASTILLO 402 51,28 382 48,72 784
DESTINO DEL ROCÍO 251 41,83 349 58,17 600
HACHE GALGUEROS DE CASTILLA 262 45,09 319 54,91 581
VALIENTE DE MORALEJITA 253 46,08 296 53,92 549
BABITA DE BABITA 264 48,62 279 51,38 543
INSPIRADO DE HERMANOS BRAVO 221 44,29 278 55,71 499
CAPOTE DE CAPOTE 183 42,46 248 57,54 431
KAKA DEL CASAR DE ESCALONA 163 41,16 233 58,84 396
GITANO DE CEBOLLA 207 57,18 155 42,82 362
FARUQ DE LA TATA 178 49,86 179 50,14 357
COCODRILO DE LOS MONTES 156 47,27 174 52,73 330
MANZANARES DE MEDINACELLI 133 41,96 184 58,04 317
RODRIGO DE HERMANOS BRAVO 82 41,21 117 58,79 199
BARTOLO DE LOS SÁNCHEZ 88 45,60 105 54,40 193
CHICUELO DE LA MALUCA 87 45,08 106 54,92 193
PITUFO DE LA ANTIGUA 77 46,67 88 53,33 165
CHENEL DE LA TATA 73 48,03 79 51,97 152
CHAPAPOTE DE CHAPAPOTE 64 48,12 69 51,88 133
TOTAL 3527 46,05 4132 53,95 7659
LOS GALGUEROS FEDERADOS PODRÁN ENTRENAR SUS GALGOS EN LAS DOS FRANJAS HORARIAS.

LOS GALGUEROS FEDERADOS PODRÁN ENTRENAR SUS GALGOS EN LAS DOS FRANJAS HORARIAS.

El Ministerio de Sanidad acaba de publicar la orden por la que se regulan las condiciones de la actividad deportiva profesional y federada.

Dice expresamente la orden 388/2020 disposición 4793:

Capítulo III. Art. 9

«Los deportistas federados no recogidos en el artículo anterior (los profesionales) podrán realizar entrenamientos de forma individual, en espacios al aire libre, dos veces al día, entre las 6:00 horas y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas, y dentro de los límites del término municipal en el que tengan su residencia».

Desde la FEG estamos satisfechos de que nuestro deporte haya tenido el mismo trato ministerial que cualquier otra modalidad deportiva que no tenga carácter profesional. Por tanto los federados que tengan previsto entrenar a sus galgos dos veces al día, deberán portar la licencia federativa, tal y como publica la orden y que podrán imprimir en el ACCESO PRIVADO «Licencia Federativa» de esta misma web.

Por tanto el resto de condiciones que había desde el 2 de Mayo se mantienen, es decir:

  1. No se podrá utilizar ningún vehículo a motor para llegar hasta el lugar de la actividad física, ni para la realización de la misma (art.4), por lo que entendemos que la actividad con los galgos se podrá realizar andando, corriendo, en bicicleta, etc.
  2. Se deberá portar documentación acreditativa tanto del propietario de los animales para justificar su domicilio, como las tarjetas sanitarias de los galgos que nos acompañan.
  3. Recordamos además que el entrenamiento de galgos debe estar sujeto a la normativa vigente en materia medioambiental de cada una de las comunidades autónomas.