El Comité de Competición de la Federación Española de Galgos, dicto resolución por medio de la cual se resolvía la inhabilitación del galgo Revuelo de Rodríguez, con número de registro 981098102885755 y su camada, en el Libro Registro de la Federación Española de Galgos, procediendo a su vez a la descalificación del Club de Rodríguez en la competición LXXVIII edición del campeonato de España de Galgos en Campo.
La citada resolución fue recurrida ante el Tribunal Administrativo del Deporte, quien mediante resolución, de 15 de enero de 2016, fallo desestimando el recurso presentado por D. Juan Francisco Rodriguez Calderón.
Contra la citada resolución del Tribunal Administrativo del Deporte D. Juan Francisco Rodriguez Calderón interpuso recurso contencioso-administrativo. El Juzgado Central Contenciosos Administrativo nº 9 de Madrid ha resuelto, con fecha 03/05/2017, desestimar también este recurso.
Aunque cabe recurso de apelación, y en los tribunales podemos estar durante mucho tiempo dilatando esta cuestión, hasta el momento prevalece el criterio de la Federación Española de Galgos de inhabilitación del galgo Revuelo de Rodríguez, con número de registro 981098102885755 y su camada, en el Libro Registro de la Federación Española de Galgos, procediendo a su vez a la descalificación del Club de Rodríguez en la competición LXXVIII edición del campeonato de España de Galgos en Campo.

 

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